Cancelación de matrícula de un vehículo automotor
Anulación del registro inicial y licencia de tránsito de un vehículo automotor, ante un organismo de tránsito a solicitud de su titular.
Tarifas del trámite
- Carro o Moto: $ 21.000
Condiciones y requisitos
Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT, como persona natural o jurídica.
Estar a paz y salvo en multas por infracciones a las normas de tránsito.
Pago del valor del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla).
Pago de impuesto sobre vehículos automotores, los cuales se validan en la página de la Secretaría de Hacienda.
En el caso de persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
Poder especial expedido por documento privado, poder general expedido mediante escritura pública o contrato de mandato, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero, la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.
El vehículo debe estar al día en sus obligaciones tributarias de los últimos cinco años.
Presentar
Cédula de ciudadanía o contraseña para nacionales mayores de edad. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña*. Para extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería o pasaporte vigente.
Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
Entrega de la licencia de tránsito y de las placas. Si el trámite se adelantó de manera virtual, se debe asistir presencialmente al Organismo de Tránsito para realizar la entrega formal de las placas del vehículo.
*Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.
I. Se exceptúa de pago por infracciones de tránsito los casos donde la cancelación sea solicitada por la SAE, por la Fiscalía General de la Nación, o por cualquier autoridad de tránsito que adelantó el proceso de que trata el artículo 128 de la Ley 769 de 2002, sobre declaratoria de abandono.
*II. Se exceptúa del pago de la tarifa RUNT y los derechos del trámite cuando la solicitud de cancelación de una matrícula proviene de una decisión judicial o administrativa.
III. Cuando se trate de cancelación de vehículos particulares, no se exigirá la certificación de la revisión técnica de la DIJIN o de la autoridad de policía judicial que por sus facultades y competencias pueda certificar tal situación.
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Requisitos por causal de cancelación (se deben adicionar los que resulten aplicables según el radio de acción o la tipología)
Causal cancelación originada en la decisión voluntaria del propietario de desintegrar su vehículo
Certificación expedida por la empresa desintegradora debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte y cargada en la plataforma RUNT.
Certificación de la revisión técnica de la DIJIN (incorporada en el RUNT).
Causal cancelación por destrucción total o pérdida total originada en un accidente de tránsito
Certificación técnica de la DIJIN en la que se detallen las características de identificación del vehículo.
Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total que incluya la descripción de los mismos, emitido por perito de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado, en caso contrario por perito nombrado por autoridad de tránsito o quien haga sus veces, de la jurisdicción donde este haya tenido ocurrencia.
Informe Policial de Accidente de Tránsito (IPAT) debidamente cargado en la plataforma RUNT.
Causal cancelación de matrícula por destrucción total o pérdida total originada en caso fortuito o fuerza mayor
Certificación del hecho expedida por la autoridad administrativa de la jurisdicción donde se presentó la fuerza mayor o el caso fortuito.
Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total, emitido por el perito de la compañía aseguradora si el vehículo está asegurado, en caso contrario por perito nombrado por la autoridad administrativa según corresponda.
Certificación de la revisión técnica de la DIJIN.
Causal cancelación de matrícula por pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada
Presentación de la denuncia instaurada ante la autoridad competente por el hurto del vehículo, o cualquier otra conducta típica que genere la pérdida de la posesión del vehículo.
Certificación emitida por la autoridad judicial en la cual se indique que se desconoce el paradero final del vehículo.
Causal cancelación de matrícula por exportación o la reexportación del vehículo
Declaración de exportación expedida por la autoridad competente (DIAN)
Certificación de la revisión técnica de la DIJIN.
Devolución de la licencia de tránsito o tarjeta de registro y las placas según el caso. En caso contrario la manifestación escrita sobre la pérdida.
Para vehículo público y particular de carga con peso bruto vehicular superior a 10.500 kg para aplicación de Resolución No.5304/19 Mintransporte por desintegración física total para reconocimiento económico
- Certificado de desintegración física incorporado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) por la entidad desintegradora.
Por desintegración física total con reconocimiento económico para la promoción de la renovación del parque automotor de carga
- Certificado de desintegración física incorporado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) por la entidad desintegradora.
Por desintegración física total
- Certificado de desintegración física incorporado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) por la entidad desintegradora.
Por destrucción total (accidente, por motín, sedición, asonada o incineración)
- Contar con el informe policial de accidente de tránsito -IPAT, donde se valida la ocurrencia del accidente.
Por hurto (Aplica requisitos de causal cancelación de matrícula por pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada)
- Presentación de la denuncia instaurada ante la autoridad competente por el hurto del vehículo.
- Certificación emitida por la autoridad judicial en la cual se indique que se desconoce el paradero final del vehículo.
Adicional vencimiento del término de la importación temporal
- Devolución de la licencia de tránsito y las placas.
- Declaración de exportación expedida por la DIAN.
Servicio público transporte pasajeros (se deben requerir además los requisitos por causal de cancelación) radio de acción distrital
Adicional Servicio público individual, colectivo y masivo de radio de acción urbano (para efectos de reposición)
- Original de la Licencia de Tránsito a nombre del solicitante.
- Presentación y entrega de las placas que identificaban al vehículo como de servicio público colectivo, masivo o individual.
- Tarjeta de Operación vigente hasta la fecha de prestación del servicio.
- Pago de impuestos del vehículo de los últimos cinco (5) años (Debe consultarse por placa en la Web: www.shd.gov.co). Se sugiere aportar el comprobante de pago en físico para agilizar la validación.
- Solicitud escrita del propietario del vehículo, donde manifieste que el vehículo de transporte público ya fue desintegrado totalmente.
- Constancia de que el vehículo fue sometido al proceso de desintegración física total expedida por la entidad desintegradora. Este documento es remitido directamente por la entidad desintegradora autorizada.
- Certificado o constancia de Paz y Salvo por todo concepto expedido por la empresa transportadora.
Adicional para situaciones excepcionales de desintegración física total (accidente, motín, sedición, asonada u otra situación diferente al hurto) con fines de reposición.
- Certificación expedida por la autoridad judicial o policiva correspondiente que permita verificar la ocurrencia del hecho que haya dado como resultado la pérdida total del vehículo.
Adicional Vehículo camioneta doble cabina y station wagon de servicio público especial (para efectos de reposición)
Original de la Licencia de tránsito.
Original de certificación expedida por la SIJIN, acompañada del registro fotográfico del automotor.
Certificado original de desintegración física total del vehículo, expedida por la entidad desintegradora, acompañada del registro fotográfico del automotor.
Original de la constancia de cancelación de tarjeta de operación, en el que mencione que se encontraba vigente al momento de la solicitud, expedida por la Dirección Territorial del Ministerio de Transporte.
Solicitud dirigida al organismo de tránsito indicando:(1) Nombres y apellidos completos del propietario, de su representante legal o apoderado, con indicación del documento de identidad o NIT según sea el caso. (2) Dirección del solicitante para efectos de notificación (3) El objeto de la petición con fines de reposición. (4) La relación de documentos que se anexan. (5) Clase de servicio y la firma del peticionario.
Adicional por desintegración física total
- Original de certificación expedida por la SIJIN acompañado del registro fotográfico del automotor.
- Original del certificado de desintegración física total del vehículo acompañado del registro fotográfico, expedido y remitido vía correo certificado por la entidad desintegradora, dirigido al organismo de tránsito.
Adicional por pérdida total por accidente de tránsito
- Certificación expedida por la autoridad competente, en la que conste el lugar, fecha y condición del accidente o el motivo específico que causó el daño.
- Certificación técnica de la SIJIN en la que se detalle las características de identificación del vehículo que sean posibles o de no serlo se exprese tal condición.
- Copia de informe de accidente de tránsito emitido por la autoridad que lo atendió.
- Certificación de la ocurrencia del hecho expedida por el Director de Tránsito y Transporte de la policía de carreteras o, por el Jefe Seccional de Tránsito y Transporte de la policía nacional según la jurisdicción que corresponda.
- Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total emitido por perito de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado. En caso contrario por perito nombrado por los propietarios del vehículo, por la autoridad de tránsito o por la autoridad judicial según corresponda.
Adicional por pérdida total por motín, sedición o asonada
Certificación expedida por la autoridad competente, en la que conste el lugar, fecha y condición del accidente o el motivo específico que causó el daño.
Certificación técnica de la SIJIN en la que se detalle las características de identificación del vehículo que sean posibles o de no serlo se exprese tal condición.
Certificación expedida por el Comandante del Ejército de la brigada cuya jurisdicción corresponda a la zona donde conste la ocurrencia del siniestro especificando que el vehículo sufrió pérdida y/o destrucción total.
Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total emitido por perito de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado. En caso contrario, nombrado por la autoridad de tránsito bajo las costas del propietario del vehículo para iniciar la cancelación de la licencia de tránsito.
Adicional vencimiento del término de la importación temporal
- Devolución de la licencia de tránsito y las placas.
- Declaración de exportación expedida por la DIAN