A partir del 1° de diciembre de 2023 los horarios de atención en las Ventanillas serán de Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. con excepción de las sedes en Bosa, Carrera y San Rafael que continúan con el horario habitual. El sábado sigue en horario de 7:00 a.m. a 2:00 p.m. en todas las sedes.

Desmonte de Blindaje de un Vehículo Automotor

Obtener la autorización para realizar el desblindaje o desmonte del blindaje del vehículo. Desblindaje de vehículo: Desmonte de los elementos de protección balística de un vehículo que no implican afectaciones en su circulación como automotor.

Tarifas del trámite

  • Desmonte Blindaje: $ 179.000

Condiciones y requisitos

  1. Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT, como persona natural o jurídica. Si el trámite lo realiza un tercero, este también deberá estar inscrito.

  2. En el caso de persona jurídica, se debe verificar el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema Registro Único Empresarial y Social RUES.

  3. El SOAT debe estar vigente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.

  4. El propietario debe estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

Presentar

  1. Cédula de ciudadanía o contraseña para nacionales mayores de edad. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña*. Para extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería o pasaporte vigente.

  2. Resolución de desmonte de blindaje del vehículo, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. No se requerirá para para los niveles 1 y 2

  3. Certificado de la empresa que efectuó el desmonte del blindaje, la cual deberá estar registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

  4. Improntas, adheridas al certificado de la empresa blindadora.

  5. Formulario de solicitud de trámite del Registro Nacional Automotor, debidamente diligenciado.

  6. Pago de la tarifa del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla).

  7. Poder especial expedido por documento privado, poder general expedido mediante escritura pública o contrato de mandato, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero, la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.

*Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: 1. Contraseña. 2. Comprobante de Documento en Trámite y 3. Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.

**Para las improntas que son de difícil acceso se recibe certificación expedida por la DIJIN.

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