A partir del 1° de diciembre de 2023 los horarios de atención en las Ventanillas serán de Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. con excepción de las sedes en Bosa, Carrera y San Rafael que continúan con el horario habitual. El sábado sigue en horario de 7:00 a.m. a 2:00 p.m. en todas las sedes.

Duplicado de tarjeta de operación

Obtener el duplicado en caso de pérdida, hurto o deterioro, del documento único que autoriza a un vehículo automotor para prestar el servicio público de transporte individual, mixto o colectivo.

Tarifas del trámite

  • Vehículos de transporte público: $ 37.100

Condiciones y requisitos

  1. El SOAT debe estar vigente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.

  2. Contar con la constancia de la revisión técnico-mecánica vigente, a excepción de los vehículos último modelo.

  3. Pago del valor del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla o a través de PSE si realizaste el trámite virtual).

  4. Si el vehículo ya cumplió dos (2) años contados desde la fecha de su matrícula, debe tener revisión técnico-mecánica y de gases vigente, expedida por un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte y registrado en RUNT.

  5. Poder especial que se debe presentar con reconocimiento personal o poder general otorgado por escritura pública con presentación personal ante una notaría pública, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero, la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.

Presentar

  1. Solicitud de tarjeta de operación suscrita por el representante legal de la empresa o persona natural, donde se relacionan los vehículos, discriminados por clase y por nivel de servicio, indicando: clase, marca, modelo, número de placa, capacidad, número de las tarjetas de operación anteriores y tipo de combustible para cada uno de ellos.

  2. Certificación suscrita por el representante legal de la empresa sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos que no son de la empresa. Cuando se trate de empresa de persona natural, el contrato de vinculación será reemplazado por el certificado expedido por la Cámara de Comercio del lugar, que acredite que el solicitante se encuentra registrado como comerciante.

  3. Fotocopia de la licencia de tránsito del o los vehículos.

  4. Certificación de la compañía de seguros, en la que conste que el o los vehículos están amparados en las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual tomadas por la empresa.

Nota: El duplicado de la tarjeta de operación que se expida por pérdida no podrá tener una vigencia superior a la de la tarjeta originalmente autorizada.

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